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División de Tránsito

Información de contacto de la corte de tránsito

Corte del condado de Del Norte

450 H Street, sala 209
Crescent City, CA 95531
Teléfono: (707) 464-8115
Fax: (707) 465-4005

  • Horario del mostrador: de 8:00 a. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes, excepto los días feriados
  • Horario de la oficina del secretario de la corte: de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., de lunes a viernes
  • Horario de atención telefónica: de 8:30 a. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes, excepto los días feriados

Información general

Después de recibir una citación de tránsito, la corte le enviará por correo un aviso de infracción a la dirección que aparece en su citación. Si no recibe un aviso de infracción, de todos modos tiene que comparecer en la corte o resolver su caso por correo. Tiene que comunicarse con la corte si su dirección es incorrecta. El aviso de infracción le proporcionará información sobre cómo hacerse cargo de su situación. Si no entiende sus opciones, puede ir en persona a la oficina del secretario o comunicarse por correo antes de la fecha de su comparecencia. El aviso de infracción le indicará si su situación requiere una comparecencia obligatoria. Los avisos de infracción no se procesan inmediatamente después de recibir la citación. El procesamiento puede tardar hasta dos (2) semanas antes de la fecha de vencimiento.

En las infracciones mecánicas, de registro y de licencia se requiere ya sea un comprobante de corrección y la cuota de desestimación de $25 o un comprobante de corrección y una fianza. El comprobante de corrección puede obtenerse pidiéndole a un representante autorizado de la agencia de policía emisora que llene el certificado de corrección ubicado en el reverso del aviso de infracción o de la citación. Las infracciones de registro o de licencia de manejar pueden ser certificadas por un secretario del Departamento de Vehículos Motorizados. Envíe a la corte el comprobante de corrección y cualquier cuota requerida antes de la fecha de vencimiento.

Su aviso de infracción le indicará si está obligado a comparecer en la corte. Tiene que hacerlo en la fecha de vencimiento o antes. Asegúrese de llamar a la corte para programar una fecha de comparecencia. Preséntese en la oficina del secretario de la división de Tránsito al menos 30 minutos antes de la sesión de la corte a la que está obligado a asistir. No se permiten prórrogas en las citaciones que requieran una comparecencia obligatoria en la corte. Si no comparece en la corte como prometió, puede estar sujeto a un cargo adicional de "no comparecencia". Este es un delito menor y se castiga con una multa, la cárcel o ambas. El Departamento de Vehículos Motorizados puede suspender la emisión o renovación de su licencia de manejar, y puede revocar o suspender su privilegio de manejar.

Infracciones no corregibles

El aviso de infracción enviado por correo a su domicilio le indicará las opciones para su situación. Estas opciones pueden incluir pagar su multa de tránsito, asistir a una escuela de tránsito, ir y comparecer en la corte, la comparecencia obligatoria, solicitar (por correo o en persona) una comparecencia en la corte o solicitar un juicio ante un juez mediante declaración (declaración escrita). En las siguientes secciones se explicarán con más detalle estas opciones, en el orden dado arriba.

Para ser elegible para el Programa de Desestimación Mediante la Escuela de Tránsito, usted tiene que cumplir ciertos requisitos. Puede calificar si:

  1. La citación es por una infracción en movimiento. Si la infracción en movimiento es por exceso de velocidad, usted tiene que haber sido multado por hasta 25 millas por hora por encima del límite;
  2. No ha asistido a la escuela de tránsito en los últimos 18 meses desde la fecha de su primera infracción hasta la fecha de la infracción más reciente;
  3. No se le citó por una infracción de la sección 22406.5 del Código de Vehículos (vehículos cisterna);
  4. No se le citó por una infracción relacionada con el uso o la posesión de alcohol o drogas;
  5. No se le citó por una infracción en la que no compareció conforme a la sección 40508(a) del Código de Vehículos a menos que se haya adjudicado el cargo de falta de comparecencia y se haya pagado cualquier multa impuesta;
  6. No se le citó por una infracción en la que no compareció conforme a la sección 1214.1 del Código Penal a menos que se haya pagado la tasa civil monetaria.
  7. Usted vive en California.
  8. No cometió una infracción de tránsito grave en un vehículo comercial.
  9. Información sobre la escuela de tránsito del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés)

Para solicitar ir a la escuela de tránsito, pague a la Corte Superior la cuota no reembolsable de la escuela de tránsito de $52 más la fianza antes de la fecha de vencimiento, ya sea en persona o por correo. Su caso se prorrogará 60 días para la finalización de la escuela y la recepción del certificado de finalización.

Es su responsabilidad asegurarse de que la corte reciba el comprobante de finalización.

Si desea declararse no culpable y disputar la multa, tiene que notificárselo al secretario en persona, por teléfono o por escrito a más tardar en la fecha y la hora de comparecencia que figuran en su multa o aviso de infracción.

Puede elegir uno de los tres métodos siguientes para recusar la multa. Llame a la oficina del secretario de la corte si tiene alguna pregunta sobre si es obligatoria una comparecencia o sobre cuándo y dónde comparecer. El secretario puede ayudarle a programar una fecha diferente, pero usted tiene que solicitarla antes de la hora indicada en su aviso de infracción.

Puede declararse "no culpable" compareciendo en la corte para la lectura de cargos y solicitar un juicio que se celebrará en una fecha posterior en la que el agente estará presente. Para comparecer en la corte para la lectura de cargos de su citación, tiene que hacerlo a más tardar en la fecha de comparecencia indicada en su citación. Revise su aviso de infracción para conocer el día, la hora y el lugar de la comparecencia.

En lugar de comparecer en dos días judiciales distintos, uno para la lectura de cargos y otro para el juicio, la sección 40519 del Código de Vehículos de California establece que, por conveniencia, usted puede solicitar su lectura de cargos y juicio en la misma fecha si se declara no culpable por escrito o si notifica al secretario judicial que tiene la intención de declararse no culpable. Si usa este procedimiento, se considera que ha dado su promesa de comparecer en el juicio, y la falta de comparecencia puede considerarse un delito menor. El uso del procedimiento de este párrafo, incluyendo el pago de un depósito, se ofrece para su conveniencia y no es obligatorio para disputar su multa. Si tiene preguntas sobre el procedimiento, puede comunicarse con el secretario de la corte.

Puede elegir que se celebre un juicio por declaración de cualquier infracción imputada, pero tiene que comparecer en la corte si la infracción requiere una comparecencia obligatoria. El juicio por declaración tiene que ser solicitado a más tardar en la fecha de comparecencia que se muestra en su multa o aviso de infracción. Su caso se resolverá sin necesidad de que comparezca en la corte. Los formularios del Consejo Judicial que se necesitan pueden obtenerse en persona en la oficina del secretario o por correo si los solicita por teléfono o por correo. Los formularios también pueden fotocopiarse en la biblioteca legal del condado o descargarse del sitio web del Consejo Judicial.

TR205 – Solicitud de juicio mediante declaración escrita (Juicio por declaración escrita - Tránsito)

TR200 – Instrucciones para el acusado (Juicio por declaración escrita)

TR220 – Solicitud de nuevo juicio (juicio de novo) (Juicio por declaración escrita - Tránsito)

Formulario de Declaración de no culpable - obténgalo comunicándose con el secretario de la corte

Formulario de Testimonio por correo - obténgalo comunicándose con el secretario de la corte

Financial Hardship

As part of your request, you must show proof that you do not have the financial means to pay your fine. You may ask the court to consider your ability to pay at any point in the process, but you must enter a plea of guilty or no contest before the court can give you an answer.

The easiest way to request a fine reduction is to use the court’s new online request tool (recommended). The MyCitations online tool allows you to enter a plea and make an ability to pay requests on eligible infractions without going to court. In addition to requesting a reduction, you can request a payment plan, more time to pay or ask to complete community service instead of paying fines and fees. If your case is currently in collections and you cannot afford to pay your debt, you may still use MyCitations.

The other way to request a fine reduction is to use form TR-320/CR320  - Can't Afford to Pay Fine: Traffic and Other Infractions. Please contact the clerk’s office for more information about using the form.

Please note that if you do not act by the date on your citation and reminder notice, the court may add an additional fee of up to $100. If you cannot afford the fine amount, you can request a reduction to the amount you owe at any time while the fines remain unpaid.

If you are experiencing financial hardship and you use the online tool to request a reduction, you may also use the online tool to ask the court to set up a payment plan, ask for an extension of time to pay what you owe and/or ask to complete community service hours in place of the fine. Payment plans will be approved for no more than $25 per month if you are approved for an ability-to-pay request.

Fines and fees owed from a misdemeanor or felony offense are not eligible to request a reduction.

Do not use the online tool if you want to:

  1. Contest the citation
  2. Attend traffic school
  3. Get a dismissal or reduction of charges with proof of correction

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